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Escrito por  wayup (el día 11/04/2008 a las 14:04:34 en la categoría  Alquiler, leído  1082 veces)

Reproducimos el artículo publicado en El Mundo sobre las ayudas al alquiler para jóvenes.
http://www.elmundo.es/elmundo/2008/03/18/suvivienda/1205833464.html

 

Valencia, la tierra prometida del alquiler para los jóvenes. Si eres valenciano, joven y con ingresos medios-bajos puedes embolsarte hasta 410 euros mensuales en concepto de ayudas directas al arrendamiento. En la región levantina, la RBE estatal (Renta Básica de Emancipación) -210 euros- y la subvención del Govern -de hasta 200 euros- es compatible, salvo que la suma de ambas supere el coste de la renta a pagar.

19 de septiembre. Carme Chacón, de la mano de Rodríguez Zapatero, anunciaba la famosa Renta Básica de Emancipación de 210 euros dirigida a los jóvenes de 22 a 30 años. Pero la noticia-compromiso, tachada por muchos de electoralista, llegaba justo 10 años después de que el Gobierno de la Comunidad Valenciana pusiera en marcha sus particulares y parecidos subsidios al alquiler. Una iniciativa que bien pudo servir, con matices importantes y mucho más flexibles en el caso de Valencia, como inspiración para la ministra.

Desde hace ya más de una década, los jóvenes valencianos de 18 (incluso hay una excepción para menores de esta edad) a 35 años (el margen se amplía nueve años con respecto a la RBE -de 22 a 30-) pueden disfrutar de dinero líquido para pagar su casa en alquiler. Entre los requisitos que deben cumplir, además de la edad, está el de tener unos ingresos individuales superiores a 1.900 euros anuales e inferiores a 15.000. Si los solicitantes son pareja (debe existir un vínculo matrimonial o unión de hecho en términos legales), estas condiciones económicas son de 3.800 y 30.000 euros.

La cantidad máxima a cobrar será del 50% del coste total del arrendamiento, que como mucho puede ser de 400 euros


 

Estar empadronado en la vivienda para la que se pide la ayuda, no ser familia del arrendador, no poseer una casa en el municipio donde se vive arrendado y no convivir con ascendentes son sólo otros de los requisitos que se exigen para optar a los 200 euros como máximo que la Comunitat puede otorgar a cada joven. Cantidad tope ya que ésta no puede ser superior al 50% del coste total a pagar, de 400 euros máximo en casos individuales y 800 en pisos alquilados por parejas.

Otra gran diferencia entre "las ayudas económicas para el alquiler de vivienda por jóvenes y por parejas jóvenes" (el Govern no las ha bautizado con un 'nombre gancho') y la RBE es que las primeras son personales y no por vivienda. Es decir, en un piso de hasta cuatro jóvenes pueden caer hasta 800 euros si todos cumplen los requisitos y el alquiler a pagar por cada uno no es mayor de 400 euros (1.600 euros). También se diferencian con las de Chacón en que éstas son retroactivas. Es decir, se solicitan siempre con los datos del año anterior (tipo Declaración de la Renta) y se cobran en un solo plazo.

'Somos conscientes de que la vivienda representa una de las mayores necesidades de los jóvenes'


"Somos conscientes de que la vivienda representa una de las mayores necesidades de los jóvenes y por ello queremos favorecer a aquellos que desean emanciparse y no disponen de recursos económicos", se apunta desde Bienestar Social, la consejería desde la que se promueve esta subvención. Los jóvenes que estén interesados en vivir prácticamente gratis de alquiler pueden sumar a los 210 euros estatales hasta otros 200 si cumplen las condiciones esgrimidas 'grosso modo'. Tienen desde el pasado 4 de marzo hasta el 3 de abril para hacer llegar toda la documentación al Instituto Valenciano de la Juventud, que dedicará un "importe global básico de 760.000 euros" de su presupuesto a este apartado.

 

De esta manera, un joven valenciano puede contar con hasta 410 euros en ayudas al alquiler si esta cantidad no es mayor al pago total que debe hacer. Si tenemos en cuenta que el precio medio del metro cuadrado de viviendas en arrendamiento en Valencia es de 7,2 euros (según el primer y único estudio realizado por el Observatorio Estatal de la Vivienda en alquiler -OEVA-), un joven puede optar a vivir, emancipado y sin compañeros de piso, en una casa de 60 metros (432 euros) pagando de su bolsillo sólo 12 'eurillos'. El Instituto Valenciano de la Juventud concedió decenas de estas ayudas el pasado año y los nombres de los beneficiarios y cantidades cobradas pueden ser consultados por Internet.

 


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Escrito por  wayup (el día 25/03/2008 a las 13:42:01 en la categoría  Sector inmobiliario, leído  887 veces)

Según el informe del mes de febrero del Índice Inmobiliario fotocasa.es, elaborado por el IESE Business School, el precio medio de la vivienda de segunda mano en la Comunidad Valenciana se sitúa en 2.203 euros por metro cuadrado, lo que supone un leve descenso del 0,6% respecto el mes anterior

Una disminución que aumenta hasta el 8,3% si se analiza la evolución de la vivienda en la Comunidad Valenciana en los últimos doce meses y que lleva a esta autonomía a ocupar el puesto número 12 del ranking de comunidades autónomas con el precio medio de la vivienda más elevado.

Valencia, la provincia más cara de la Comunidad Valenciana

Valencia es la provincia con la vivienda más cara de la Comunidad Valenciana. El precio medio de los inmuebles en esta comunidad se situó en febrero en 2.398 €/m2, un 0,8% menos que en el mes anterior.

Por su parte en Castellón el precio de la vivienda también ha comenzado a bajar. Concretamente en un 0,5%, lo que ha situado el precio del metro cuadrado a 2.140 €/m2. En Alicante, sin embargo, el descenso es algo menor (-0,4%) por lo que el precio de la vivienda en esta provincia se situó en febrero en 2.035 €/m2.

 

Fuente: Fotocasa.es


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Escrito por  wayup (el día 03/02/2008 a las 11:03:16 en la categoría  Alquiler, leído  909 veces)

Publicado por Ministerio de Vivienda

12/02/2008

En qué consiste esta ayuda: Los jóvenes de entre 22 y 30 años pueden recibir: 210 euros mensuales para el pago del alquiler de su vivienda habitual durante un máximo de cuatro años. Te ahorras 2.520 euros al año de alquiler, y en total 10.080 durante los cuatro años que dura la prestación. 600 euros de préstamo que se puede utilizar para la fianza. Al finalizar el contrato de alquiler o cuando dejes de recibir la renta de emancipación, deberás devolver esta cantidad. Si se necesita aval, 120 euros para los gastos de su tramitación.

Con esto cubres buena parte de los costes necesarios habitualmente para iniciar un contrato de alquiler. En total, te ahorras en el primer mes hasta 930 euros, sumando 600 del préstamo que te puede ayudar para el depósito, 120 euros del coste habitual de un aval y 210 euros de la primera mensualidad. Condiciones a cumplir: Tener entre 22 y 30 años (la prestación se interrumpe a los 30 años).

El tramo con mayores dificultades de emancipación está entre los 22 y los 30 años. Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales. Esto incluye a los trabajadores por cuenta propia(1) o ajena, a los becarios de investigación, y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidad Si tus ingresos mensuales, aproximadamente, no superan los 1.500 euros netos, podrás acogerte a la ayuda. 8 de cada 10 jóvenes empleados están en esta situación.

Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud. Si has estado trabajando durante los últimos 6 meses lo comprobaremos directamente con la seguridad social, o si en los próximos 6 vas a estar trabajando y recibiendo ingresos de forma regular, debes aportar copia del contrato. Ser titular del contrato de alquiler.

El contrato de alquiler de tu piso debe estar a tu nombre, o al menos debes ser uno de los firmantes. Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España. Si es tu caso, debes tener la autorización de residencia permanente, que te conceden cuando acreditas haber residido legalmente y de forma continuada en territorio español durante cinco años.

Características: La duración es de 4 años, sean o no consecutivos. Esto quiere decir que puedes fraccionar la duración de la prestación. Por ejemplo, si a los tres años dejas de recibir la renta de emancipación, cuando vuelvas a necesitarla y si aún cumples los requisitos, puedes volver a solicitar la prestación por el año restante. Sólo habrá una prestación por vivienda habitual alquilada. Se beneficiarán también los que ya estén de alquiler. En caso de que haya más de un firmante del contrato de alquiler, las cuantías de las ayudas a cada uno de los que tengan derecho a las mismas, serán el resultado de dividir las cantidades de la ayuda por el número total de titulares. Por ejemplo, si compartes piso con una amiga, el contrato está a nombre de las dos, y reunís todos los requisitos, os corresponderían 105 euros mensuales a cada una.

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El receptor no puede ser propietario de una vivienda (2). El préstamo y el coste del aval sólo podrán ser percibidos una única vez. Se concederán sólo para contratos de alquiler nuevos. El pago de la prestación de 210 euros se realizará cada mes, tras comprobar que el inquilino ha realizado la transferencia de la renta mensual al propietario. No se aceptarán contratos de alquiler entre familiares próximos (primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad). Si se modificara alguna de esas circunstancias, el beneficiario habrá de comunicarlo de inmediato al Órgano que le reconoció el derecho a la ayuda, para que resuelva lo que proceda y lo comunique al Ministerio de Vivienda.

*El receptor no puede tener un patrimonio mayor de 108.182,18 euros .

Pasos necesarios para obtener la prestación: Hay que presentar la solicitud ante el departamento competente en materia de vivienda de la Comunidad o Ciudad Autónoma donde esté situado el piso de alquiler. La administración autonómica comprobará que se cumplen todos los requisitos para percibir la renta de emancipación y lo comunicará en el plazo máximo de dos meses. Con la resolución otorgada por la comunidad autónoma, el joven deberá dirigirse a la entidad bancaria colaboradora para solicitar el pago. Tras comprobar que el solicitante ha realizado la transferencia del pago del alquiler mensual al propietario, el Ministerio de Vivienda ingresará en la cuenta bancaria del solicitante el importe de la prestación.

Si el solicitante aún no tiene contrato de alquiler, podrá solicitar el reconocimiento provisional del derecho a la renta. En este caso, tendrá tres meses desde el reconocimiento del derecho para buscar casa y presentar una nueva solicitud aportando el contrato de alquiler. La Comunidad autónoma comprobará los datos y comunicará el reconocimiento definitivo del derecho a la renta. Inmediatamente, el Ministerio ingresará la ayuda en la cuenta bancaria del solicitante, desde el mes en que se presente el contrato de alquiler.

Documentación a presentar: Basta con presentar el impreso de solicitud en el que figuran los datos personales necesarios para comprobar que se cumplen todos los requisitos como, la edad, el número de la Seguridad Social, la referencia catastral de la vivienda, el número de cuenta, etc. Y una copia del contrato de alquiler En algún caso deberás presentar otra documentación que demuestre que cumples algún requisito exigido. Infórmate en tu Comunidad Autónoma ¿Es compatible esta prestación con otras ayudas?

La renta de emancipación es compatible con la deducción fiscal a favor del inquilino. A partir de la declaración de la renta de 2008 (que se presenta en 2009) se podrá deducir el 10,05% de lo que pague por el alquiler de su vivienda, hasta un máximo determinado, siempre que se tengan unos ingresos anuales por debajo de los 24.000 euros netos. También será compatible con las ayudas, subvenciones o beneficios fiscales que establezcan las Comunidades Autónomas en virtud de sus competencias.

La renta de emancipación no es compatible con las ayudas al inquilino vigentes del Plan Estatal de Vivienda. Formulario de solicitud de la Renta Básica de Emancipación Ya puedes descargarte el Formulario de Solicitud de la Renta Básica de Emancipación en http://www.alquilerjoven.es/formulario.htm Pulsa sobre tu Comunidad Autónoma en el mapa para obtener las direcciones donde presentar tu solicitud. También puedes descargarte el listado de entidades financieras colaboradoras.


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Escrito por  wayup (el día 02/02/2008 a las 10:30:19 en la categoría  Alquiler, leído  847 veces)

recogemos el artículo publicado en Enalquiler.com sobre el auge del alquiler de viviendas en España.

 


 

Enalquiler.com, 25/01/08

El parón en la venta de pisos, la promoción del alquiler desde Gobierno y el aumento de sociedades dedicadas al alquiler han influido decisivamente en el boom del mercado del alquiler, que se refleja en las cifras que maneja Enalquiler.com. El número de personas que solicita información sobre pisos ha registrado un crecimiento acumulado del 100% de enero a diciembre de 2007 y, si se mantiene la tendencia, este mes de enero se triplicará el número de personas que realizan consultas sobre pisos en alquiler en relación con el mismo mes del año anterior.

Se trata de correos electrónicos enviados por diferentes personas a inmobiliarias y propietarios particulares interesándose por ofertas que tienen publicadas en Enalquiler.com. Este primer contacto puede finalizar en el alquiler de la vivienda o no, dependiendo de las circunstancias. Pero lo más habitual es que una misma persona pida información sobre varios pisos hasta encontrar la vivienda que se adapte a sus necesidades y bolsillo; en estos casos estamos hablando del total de consultas generadas, cuyo crecimiento acumulado ha alcanzado el 126% de enero a diciembre de 2007.

Crecimiento de un 118% en la oferta de pisos

Esta tendencia alcista en la demanda de alquiler va acompañada de un crecimiento en la oferta, como subrayan los datos de Enalquiler.com, que ha registrado un crecimiento del 118% en el número de anuncios de pisos publicados en la web de enero a diciembre de 2007, y se ha consolidado como líder en alquiler de vivienda habitual en España con más de 25.000 viviendas en enero de 2008.

Cada día se publican nuevos anuncios de pisos en Enalquiler.com que ha visto como la actividad del portal ha crecido de forma constante convirtiéndose en una referencia para la búsqueda de pisos para los inquilinos y una plataforma publicitaria muy eficaz para los propietarios. Este movimiento se refleja en el tráfico del portal que ha experimentado un crecimiento acumulado del 251,57 % en páginas vista y del 170,59% en usuarios únicos de enero de 2007 a enero de 2008.

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El alquiler se perfila como alternativa a la compra de pisos

El principal factor que ha influido en el auge del alquiler ha sido el pinchazo de la burbuja inmobiliaria, que ha hecho volver los ojos al alquiler como alternativa a la compra de un piso. Los últimos datos proporcionados por el Ministerio de Vivienda avalan este parón en la venta de viviendas: de junio de 2006 a junio de 2007 se han registrado 912.077 transacciones inmobiliarias, un 3,9% menos que respecto al mismo periodo del año anterior. Ante este panorama, algunas promotoras están optando por alquilar los pisos que no pueden vender y otras que se dedicaban en exclusiva a la construcción de vivienda, están sumándose ahora al mercado de alquiler. Desde el Gobierno se pretende incentivar este sector con medidas que promueven la construcción de VPO para alquiler y otras iniciativas que han logrado grandes titulares como la Renta de Emancipación Básica que aporta ayudas de 210 euros mensuales para pagar el alquiler a jóvenes de 22 a 30 años.

Los 10 millones de páginas vista y más de 450.000 usuarios únicos que alcanzará Enalquiler.com durante este mes de enero son la prueba de que el mercado en alquiler se mueve cada día más y, tanto propietarios como inquilinos, apuestan por Internet para encontrar y promocionar pisos en alquiler.

 

 


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Escrito por  wayup (el día 13/07/2008 a las 15:55:21, ver 890 volver)
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20/05/2013 @ 14:48:53
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